Ir al contenido principal

CFPB Crea Registro para Detectar Infractores Corporativos Reincidentes

El registro ayudará a los ejecutores de la ley a identificar compañías reincidentes y a los individuos responsables por estas repetidas ofensas

WASHINGTON, D.C. – La Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (CFPB, por sus siglas en inglés), finalizó una normativa para establecer un registro que permita detectar y detener a infractores corporativos que hayan violado leyes de protección al consumidor y que estén sujetos a órdenes judiciales federales, estatales o locales. El registro también ayudará a la CFPB a identificar infractores repetidos y tendencias reincidentes. El nuevo registro es parte del actual enfoque que ha puesto la CFPB en hacer rendir cuentas a aquellas compañías que violen la ley y en detener la reincidencia corporativa.

“Con mucha frecuencia, empresas financieras tratan las multas que reciben por actividades ilegales como el costo de hacer negocios”, dijo el director de la CFPB, Rohit Chopra. “La nueva normativa de la CFPB ayudará a las agencias ejecutoras de ley de todo el país, a detectar y detener infractores reincidentes”, continuó.

Cuando una compañía financiera viola la ley, típicamente alguna agencia gubernamental ejecutora de ley toma acciones en su contra. Comúnmente, esto resulta en una orden emitida por una corte o por la agencia. Estas órdenes no son sugerencias para las compañías. Aunque las mismas son públicas, las mismas no son fáciles de rastrear. El nuevo registro de la CFPB facilitará el entendimiento de las acciones de actores malintencionados que quieran reiniciar una estafa, un esquema fraudulento o cualquier otra conducta ilegal que perjudique al público. La CFPB espera que este registro sea usado por los fiscales generales y reguladores estatales, y por muchas otras agencias ejecutoras de la ley. El registro también asistirá a inversionistas, acreedores, socios de negocios y al público en general, a averiguar o investigar a aquellas compañías financieras que estén sujetas a órdenes ejecutoras de ley.

La crisis del 2008 trajo a la luz las significativas debilidades de la supervisión sobre las compañías no bancarias. Tradicionalmente, estas compañías no bancarias han recibido inconsistente supervisión, lo que dificulta a los entes reguladores la identificación de potenciales riesgos para los consumidores. El Congreso ha tomado pasos para elevar la supervisión y la transparencia dentro del sector financiero no bancario. Por ejemplo, en el 2008, el Congreso promulgó la Ley SAVE, siglas del “Safety From Violence for Healthcare Employees Act” o Ley de Seguridad contra la Violencia para Empleados de Atención Médica, para enfrentar los riesgos creados por las compañías financieras no bancarias. La Ley les exige a los generadores de préstamos hipotecarios estar registrados y licenciados.

Mientras que la lista de bancos, cooperativas de crédito y muchas compañías hipotecarias son conocidas tanto por reguladores, como por el público, muchos otros tipos de compañías financieras no están licenciadas o registradas, ni en el Sistema Nacional Multi Estado de Licencias (NMLS, por sus siglas en inglés), ni en otros registros regulatorios. Sin embargo, en la Ley de Protección Financiera del Consumidor, el Congreso le entrego a la recientemente creada CFPB, la autoridad para registrar a las entidades no bancarias. Esta autoridad respalda el papel que tiene la CFPB en el monitoreo sobre los riesgos que generan las entidades no bancarias para los consumidores. El registro también sirve para suplementar y apoyar a otros registros ya existentes, como el NMLS, cubriendo a entidades que no están sujetas a los tipos de supervisión estatal y federal, que se les extienden a ciertas entidades e individuos, como aquellos en la industria hipotecaria. Esta es la primera normativa emitida por la CFPB donde utiliza su autoridad para registrar a las entidades no bancarias.La normativa final emitida les exige a las compañías no bancarias a las que cubre que:

  • Se registren con la CFPB cuando hayan sido descubiertos violando leyes de protección al consumidor: Por lo general, las entidades no bancarias cubiertas por la normativa reportarán a la CFPB ciertas órdenes o fallos finales emitidos por agencias o cortes. Estas órdenes incluyen las de consentimiento y las estipulares, emitidas cumpliendo con leyes de protección al consumidor.
  • Muestren una declaración jurada, firmada por un alto ejecutivo, donde se afirme que la compañía no está evadiendo órdenes recibidas: Para las compañías no bancarias, supervisadas por la CFPB, cualquier entidad, que esté sujetas a alguna orden, deberá entregar una declaración jurada por escrito, firmada por un alto ejecutivo, que confirme que la misma está en cumplimiento de cualquier orden relevante.

En respuesta a los comentarios recibidos del público, la CFPB hizo cambios a su propuesta de normativa. Por ejemplo, quienes se registren con sus órdenes recibidas en la Página de Acceso para Consumidores del NMLS, podrían usar un proceso de registro simplificado. Los requisitos de registro serán publicados progresivamente.

Controlar a los infractores reincidentes es una prioridad para la CFPB. Importantemente, la CFPB ha establecido una Unidad de Infractores Reincidentes (en inglés). Este equipo de supervisión nacional es responsable por diseñar y ejecutar una supervisión integral sobre las entidades que estén sujetas a órdenes ejecutorias de la CFPB. La Unidad de Infractores Reincidentes activamente se asegura de que ninguna compañía, sus gerentes y su junta directiva, traten ninguna orden como sugerencias. La CFPB está tomando numerosos pasos para identificar a individuos específicos que sean responsables por repetir en la comisión de infracciones.

El programa de ejecución de ley de la CFPB se ha enfocado grandemente en detener a infractores reincidentes, incluyendo la toma de múltiples acciones ejecutorias contra reincidentes cobradores, prestamistas hipotecarios o del día de pago (en inglés) y compañías de informes de crédito (en inglés) reincidentes.

Lea el texto final de la normativa (en inglés).

Lea las declaraciones del director Chopra acerca de la normativa final publicada (en inglés).

Los consumidores pueden enviar quejas en la página de la CFPB, o llamando al (855) 411-CFPB (2372).

Aquellos empleados que crean que las compañías donde trabajan han violado leyes de protección financiera al consumidor, incluyendo la Ley de Prácticas Justas en el Reporte del Crédito, pueden enviar la información que tengan a la dirección whistleblower@cfpb.gov.


La Oficina para la Protección Financiera del Consumidor es una agencia del siglo 21 que implementa y hace cumplir las leyes federales en materia financiera, y que se asegura de los mercados de productos financieros sean justos, transparentes y competitivos. Para encontrar más información visite consumerfinance.gov/es.