¿Puedo renunciar alguna vez a mi derecho a rescindir mi préstamo hipotecario?
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Sí. Puede renunciar a su derecho de rescisión (su derecho de cancelar su transacción dentro de los tres días hábiles siguientes a su refinanciamiento o línea de crédito garantizada por la plusvalía).
Si tiene una “emergencia financiera personal genuina”. Sin embargo, si renuncia a su derecho de rescisión, puede perder su derecho a rescindir la transacción hipotecaria (a menos que exista comprobante de fraude).
Debe entregar al prestamista su propia declaración escrita (no se admiten formularios preimpresos) en la que describa la emergencia e indique claramente que renuncia a su derecho de rescisión. La declaración debe estar fechada y firmada por usted y por cualquier otra persona que comparta la propiedad de la vivienda.
Si tiene problemas con su hipoteca, también puede presentar una queja ante la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (CFPB, por sus siglas en inglés) en línea (en inglés) o llamando al (855) 411-CFPB (2372). Enviaremos su queja a la compañía y trabajaremos para obtener una respuesta. También es posible que desee contratar a su propio abogado para que analice su problema o asunto.