Saltar al contenido principal

¿Me pueden arrestar si no puedo pagar mis préstamos de día de pago?

No, a usted no lo pueden arrestar por no cumplir con el pago de un préstamo de día de pago. Sin embargo, si usted recibe una demanda o se ha emitido un fallo judicial en su contra y usted hace caso omiso de una orden judicial para comparecer, un juez puede dictar una orden para su arresto.

Nunca se debe ignorar una orden judicial. Si recibe una orden judicial para comparecer a los tribunales, deberá presentarse a los tribunales y proporcionar toda la información necesaria. Si lo desea, puede consultar con un abogado para solicitar ayuda con su comparecencia ante el tribunal. Si un prestamista amenaza con hacerlo arrestar, usted debe informar sobre la amenaza del prestamista al fiscal general del estado (en inglés) y a su regulador estatal. También puede presentar una queja ante el CFPB en línea o llamar al 1-855-411-CFPB (2372).