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¿Es usted el coprestatario de un préstamo estudiantil privado? Le tenemos consejos para que se proteja durante la pandemia del COVID-19

Millones de consumidores están enfrentando incertidumbres durante la pandemia del coronavirus. La Ley de Asistencia, Alivio y Seguridad Económica por el coronavirus (Ley CARES), ofrece alivio a aquellos que tengan préstamos estudiantiles con el gobierno Federal, y muchos prestamistas privados también están ofreciendo opciones para reducir o suspender los pagos.

La mayoría de los préstamos estudiantiles privados tienen coprestatarios. Si es el coprestatario de un préstamo estudiantil, usted tiene una responsabilidad financiera y una obligación legal , igual que el prestamista principal, de asegurarse de que los pagos al prestamista sean hechos. Aunque no esté seguro de cuál es el estado del préstamo, sepa que cualquier pago omitido puede dañar tanto su crédito, como el del prestatario principal.

Si usted o su coprestatario han sido financieramente impactados por la pandemia del coronavirus, es importante que trabajen conjuntamente para que puedan identificar cuáles son sus opciones, también comuníquense con el administrador del préstamo lo más pronto que les sea posible.

A continuación, le mostramos algunos pasos que puede tomar para protegerse, si es el coprestatario de un préstamo estudiantil privado:

Manténgase informado del estado del préstamo estudiantil

Primero que nada; es importante que se mantenga comunicado con el prestatario sobre el estado del préstamo. Si esa persona omite algún pago mensual, podría haber repercusiones en su bienestar financiero durante la pandemia e implicaciones en el largo plazo. El prestatario debería darle actualizaciones de forma regular, y usted también podría solicitar información sobre la cuenta y la actividad de pagos, directamente del administrador del préstamo.

Converse con el prestatario principal sobre solicitar de alivio

Si a consecuencia del COVID-19 el prestatario principal no puede hacer los pagos de su préstamo, es importante que éste contacte inmediatamente al administrador del mismo, y pregunte cuáles opciones de alivio existen para pausarlos, o reducirlos. Como mencionamos anteriormente, muchos administradores de préstamos estudiantiles privados están ofreciendo opciones de alivio a aquellos prestamistas afectados por la pandemia. Como coprestatario, quizás usted no pueda solicitar alivio, pero el prestatario principal sí puede hacerlo.

Cuando averigüe acerca del aplazamiento o las opciones de alivio a dificultades financieras, es importante que entienda cuánto podría durar este período, si continuarán acumulándose los intereses y tarifas, y cómo cambiarán los pagos mensuales. Asegúrese de estar bien informado y de conocer claramente todos los detalles antes de que usted o el prestamista principal acepten los términos del acuerdo.

Preguntas acerca del aplazamiento y el alivio de dificultades financieras que deben hacerse a los administradores de préstamos privados

  • ¿Tienen algún aplazamiento especial por causa de desastre u opciones de alivio para aquellos prestatarios afectados por la pandemia del COVID-19?
  • ¿Cuáles son los pasos requeridos para solicitar aplazamiento o alivio?
  • ¿Existen tarifas asociadas a la subscrición a un aplazamiento o programa de alivio?
  • ¿Continuarán acumulándose los intereses durante el aplazamiento o período de alivio, o serán estos agregados al saldo del capital del préstamo al final del aplazamiento?
  • ¿Cuánto durará el aplazamiento o período de alivio?
  • ¿Cómo se pagarán los montos omitidos? ¿Pagar los montos omitidos hará que aumente el pago mensual?
  • Si después de finalizado el aplazamiento o el período de alivio, el prestamista no puede hacer los pagos: ¿Existe alguna oportunidad de extender el alivio?

Los programas de aplazamiento o alivio varían entre los prestamistas privados, sin embargo, muchos de ellos están permitiéndole a los prestatarios posponer o reducir sus pagos. Otros están perdonando las penalidades por mora, o dejando que los prestatarios modifiquen sus préstamos para reducir la tasa de interés, y/o que extiendan el plazo de los préstamos para reducir los pagos mensuales.

Si bien usted quizás no pueda solicitar aplazamiento o alivio, podría ayudar al prestatario principal a entender sus opciones, para que puedan juntos tomar esta importante decisión.

“Release” o liberación del coprestatario

Algunos prestamistas le ofrecen a los prestatarios la posibilidad de "reléase" o liberar al coprestatario luego de haber recibido cierto número de pagos puntuales, y del cumplimiento de otros requisitos. Sin embargo, recibir un aplazamiento o programa de alivio podría impactar sus posibilidades de calificar o de solicitar la liberación del coprestatario. Discuta estas opciones con el prestamista y con el administrador para que sepa si estos programas son una buena opción para usted.

Téngalo todo por escrito

Si puede acordar un aplazamiento u otro programa de alivio, asegúrese de que el administrador le entregue los términos del acuerdo por escrito. Es importante monitorear sus pagos mensuales buscando por cualquier error, y estos documentos pueden ayudarle a reclamar estos errores.

Revise sus informes de crédito

Cualquier pago no hecho por el prestatario principal, puede también impactar su crédito. Por causa de la pandemia del coronavirus, las tres agencias nacionales de informes de crédito (también conocidas como compañías de informes de crédito), Equifax, Transunion y Experian, están ofreciendo informes de crédito gratuitos semanalmente (en inglés) hasta abril del 2021. La frecuencia con que usted revise sus informes de crédito depende de su situación, pero hacerlo una vez al mes debería ser suficiente para descubrir cualquier pago omitido o error que pudiese haber. Si encuentra errores, usted puede trabajar para impugnarlos, tanto con el administrador, como con la agencia de reportes de crédito.

La Ley CARES, establece requisitos especiales a las compañías que reportan la información de sus pagos a las empresas que elaboran los informes de crédito. Bajo esta ley, la forma en que los prestamistas reporten su cuenta a las agencias de informes de crédito dependerá de si usted está al día o en mora con la misma, al momento de hacer el acuerdo. Estos requisitos le aplican a usted solamente si está haciendo los pagos exigidos en el acuerdo.

  • Si su cuenta está al día y usted llega a un acuerdo para hacer un pago parcial, omitir o saltar un pago, u otro arreglo, entonces, el acreedor debe reportar a las compañías de informes de crédito que usted está al día con su préstamo o cuenta.
  • Si su cuenta ya está en mora y usted alcanza un acuerdo, el prestamista no puede reportarle como “more delinquent” o más atrasado (como reportarle con 60 días de mora, cuando usted comenzó con 30 días de mora), mientras dure el período del acuerdo.
  • Si su cuenta ya está en mora, usted alcanza un acuerdo y la pone al día, el acreedor debe reportar que está al día con su cuenta o préstamo.

Este requisito de la Ley CARES es aplicable solamente a aquellos acuerdos alcanzados entre el 31 de enero del 2020 y la última de estas dos fechas:

  • 120 días después del 27 de marzo del 2020, o
  • 120 días después que se dé por terminada la emergencia nacional COVID-19

Encuentre más información del CFPB sobre el coronavirus

El CFPB está trabajando continuamente para actualizar la información que le ofrecemos a los consumidores durante la rápida evolución de la situación.

Publicaremos en nuestra página toda la información y los blogs relacionados con el COVID-19. Esta información debe ser considerada como precisa a la fecha de publicación de este blog.

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