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¿Hay un límite en el número de veces que un cobrador de deudas puede llamarme?

La ley federal no indica un límite específico en cuanto al número de llamadas. Sin embargo, un cobrador de deudas no puede llamar insistentemente para molestar, abusar o acosar, ni a usted, ni a otras personas que compartan el número. 

Usted sí tiene el derecho de decirle al cobrador de deudas que deje de llamarle.

El CFPB ha preparado ejemplos o plantillas de cartas que se pueden utilizar para responder a un cobrador que esté tratando de cobrar una deuda. Las cartas contienen consejos sobre cómo usarlas. Estos ejemplos de cartas pueden ayudarle a obtener información, a establecer reglas básicas acerca de cualquier otra comunicación, o a proteger algunos de sus derechos. Mantenga siempre una copia de su carta en sus registros.

Si le dice a un cobrador de deudas, por escrito, que deje de comunicarse con usted, éste ya no podrá ponerse en contacto con usted, a menos que sea para:

  • Decirle que ya no se van a comunicar
  • Avisarle que el cobrador de deudas o los acreedores podrían tomar alguna acción específica para la cual están legalmente autorizados, tal como entablar una demanda contra usted

Advertencia: Decirle a un cobrador de deudas que deje de comunicarse con usted no quiere decir que dicho cobrador de deudas o el acreedor no puedan valerse de otros medios legales para cobrarle la deuda, si en efecto es su deuda, inclusive podrían entablar una demanda en su contra.

Si tiene un problema con el cobro de una deuda, usted puede presentar una queja ante el CFPB en línea o llamando al (855) 411-CFPB (2372).