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¿Qué es el acoso de un cobrador?

El acoso por un cobrador puede presentarse de diferentes maneras. Incluyendo; repetidas y excesivas comunicaciones, a través de uno o múltiples canales, con la intensión de molestarle o abusarle.

Nuestra Normativa sobre el Cobro de Deudas, la cual clarifica ciertas provisiones contenidas en la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés), entró en vigencia el 30 de noviembre del 2021.

El acoso por cobradores de deudas

Los cobradores violan la Ley de Practicas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés) cuando le acosan, oprimen, o le abusan.

Los cobradores están acosándole cuando:

  • Le hacen repetidas llamadas, o usan comunicaciones electrónicas, como mensajes de texto o en redes sociales, que tienen la intención de acosarle, oprimirle, o abusarle, a usted o cualquier otra persona.
  • Usan lenguaje obsceno o profano.
  • Le amenazan con usar violencia o dañarle.
  • Publican listas con los nombres de las personas que se niegan a pagar sus deudas (esto no incluye el reporte de información a alguna compañía de informes de crédito).
  • Le llaman sin decirle sus nombres.

Sepa cuándo y con qué frecuencias puede un cobrador contactarle.

Falsedades cometidas por cobradores

La FDCPA también establece que los cobradores no pueden utilizar prácticas falsas, engañosas o confusas. Estas falsedades sobre la deuda incluyen:

  • El monto adeudado.
  • Decirle que el cobrador es un abogado cuando no lo es.
  • Hacer falsas amenazas de arrestarle.
  • Amenazarle con hacer cosas legalmente imposibles.
  • Amenazarle con hacer cosas que no tienen la intención de hacer.

Demandar a un cobrador

Si cree que un cobrador ha violado la FDCPA, usted puede demandarlo por daños. Si usted prueba que ha ocurrido una violación, podría ser recompensado con $1,000 en daños, más compensación adicional por cualquier daño que, de hecho, hayan causado. Si gana su caso, el cobrador también podría ser responsable de pagar las tarifas y costos de su abogado. Existen abogados que se especializan en este tipo de demandas, pero usted también puede presentarse en la corte sin un abogado.

Tenga en cuenta que una demanda por violaciones a la FDCPA contra un cobrador debe ser introducida en el primer año después de cometida la ofensa, por lo que no puede demorarse en hacerlo. Si usted demanda por violaciones a una ley estatal, algunas de estas leyes estatales le dan más tiempo para hacerlo. Sepa cómo encontrar a un abogado que se especialice en estos casos.

Guarde copias de sus contactos con un cobrador

Si un cobrador está contactándole, es importante que guarde copias de cualquier carta o comunicación que le envíen. Anote fechas y horas de las conversaciones que tenga, junto a cualesquiera notas que haya tomado sobre lo discutido. Estos récords le pueden ayudar si está disputando la deuda, se va a reunir con un abogado, o va a presentarse en una corte.

Además, sea cuidadoso con lo que le dice a un cobrador, éstos también mantienen récords. Pueden rastrear cualquier información que le entregue, incluyendo información personal, o si usted se disculpa o admite deber la deuda. Esas declaraciones pueden ser usadas en su contra.

Hemos preparado modelos de cartas que pueden ayudarle a responderle a un cobrador que esté tratando de cobrarle, junto a consejos sobre cómo usarlas. Estos modelos de cartas podrían ayudarle a obtener información, a establecer límites a las comunicaciones futuras, o a ejercer algunos de sus derechos.

Si cree que un cobrador de deudas le está acosando, usted puede enviarnos una queja online, o llamando al (855) 411-CFPB (2372). También puede contactar al fiscal general de su estado (en inglés)