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¿Cuándo y con qué frecuencia puede un cobrador llamarme por teléfono?

Existen leyes que les prohiben a los cobradores hacer repetidas o continuas llamadas para molestar, abusar o acosarle, a usted u otros que compartan su número telefónico. También tienen prohibido comunicarse en momentos y lugares que le sean inconvenientes a usted.

Nuestra Normativa sobre el Cobro de Deudas, la cual clarifica ciertas provisiones contenidas Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés), entró en vigencia el 30 de noviembre del 2021.

¿Cuándo puede llamarme un cobrador?

Generalmente, los cobradores no pueden llamarle a horas o lugares inusuales, o en momentos o sitios que ellos saben, son inconvenientes para usted. Por lo general, tienen prohibido contactarle antes de las 8 a.m., o después de las 9 p.m. La ley también los obliga a seguir las instrucciones que usted les haya dado acerca de cuándo y en dónde no quiere ser contactado.

Si no quiere recibir llamadas de un cobrador, en un momento o lugar en particular, como los fines de semana, o en su trabajo, usted debe notificárselo. Si éstos saben que no quiere o no tiene permitido recibir llamadas personales en su trabajo, el cobrador no tiene permitido contactarle mientras esté allí.

Usted tiene derecho a decirle a un cobrador que deje de contactarle.

¿Con qué frecuencia pueden llamarme los cobradores de deudas?

La Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés) les prohíbe a los cobradores hacerle repetidas o continuas llamadas, o conversaciones telefónicas con la intención de molestarle, abusarle o acosarle. “Llamarle” incluye las llamadas telefónicas que el cobrador le haga y que vayan a su buzón de mensajes de voz.

Adicionalmente, la Normativa sobre el Cobro de Deudas (en inglés) crea ciertas “presunciones” para ayudar en la determinación de si un cobrador ha violado esta ley. Se presume que un cobrador viola la ley si le llama sobre una deuda en particular:

  • Más de siete veces en un período de siete días
  • En los primeros siete días luego de haber conversado con usted acerca de esta deuda en particular.

Factores como la frecuencia y patrones en las llamadas y mensajes de voz (en inglés) también podrían ser usados para evaluar si el cobrador ha violado la ley. Por ejemplo, si un cobrador le llama siete veces para hablar acerca de una deuda en particular, en un período de siete días, pero todas las llamadas son hechas el mismo día, podría estar violando la ley. Existen ciertas excepciones a esta regla, incluyendo el hecho de que usted les haya dado permiso para llamarle más frecuentemente.

Estos límites generalmente aplican sobre cada deuda, pero en el caso de las deudas de préstamos estudiantiles, dependiendo de los datos, múltiples deudas pueden contarse como una “deuda particular”, por lo que los límites aplicarían sobre ellas como grupo.

Recuerde que estas presunciones sólo aplican sobre llamadas telefónicas hechas por el cobrador y no sobre otras formas de comunicación como, mensajes de texto, emails, interacciones personales, o mensajes en las redes sociales, en las cuales usted cuenta con otras protecciones.

Para encontrar más información acerca de llamadas repetidas o continuas, o conversaciones telefónicas con un cobrador, revise las Preguntas Frecuentes de la Normativa sobre el Cobro de Deudas (en inglés), o vea la sección 7.1 en la Guía de Cumplimiento en el Cobro de Deudas para Pequeñas Entidades (en inglés). Las leyes de su estado de residencia podrían proveerle con protecciones adicionales, y usted puede encontrar más información con la oficina del procurador general del estado (en inglés).

Si tiene problemas con el cobro de deudas, puede enviarnos una queja online o llamando al (855) 411-CFPB (2372).

Sepa qué hacer cuando le contacte un cobrador.