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Existe ayuda disponible para los inquilinos
La moratoria de los Centros de Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) terminó el 26 de agosto del 2021, pero hay ayuda disponible. Solicite hoy mismo dinero para cubrir el alquiler y los servicios públicos.

Protecciones para los inquilinos en viviendas subsidiadas por el Gobierno federal

Si vive en un edificio de cinco o más unidades, o recibe un vale del Deprtamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU. (HUD, por sus siglas en inglés) basado en inquilinos, es posible que tenga más protecciones federales.

Puede tener derecho a un aviso de 30 días

Cómo está protegido:

Tiene derecho a recibir un aviso de la Ley de Ayuda, Socorro y Seguridad Económica contra el Coronavirus (CARES, por sus siglas en inglés) 30 días antes de que el propietario pueda pedirle que se vaya o presente un desalojo. Esto le puede otorgar más tiempo para que encuentre ayuda para el alquiler o asesoramiento legal antes de que el propietario inicie el desalojo.

Esto se aplica si:

  1. Usted o su propietario reciben un subsidio federal o
  2. Vive en un edificio con 5 o más unidades y su edificio tiene una hipoteca asegurada por el Gobierno federal

Puede estar protegido contra los desalojos y las multas por demora

Cómo está protegido:

Su propietario no puede:

  • Iniciar un desahucio o desalojarle porque no ha pagado el alquiler o las cuotas atrasadas
  • Cobrar multas por retraso en el pago del alquiler o cualquier otra penalidad por retrasarse en el pago, o
  • Exigirle que pague todo el alquiler que debe en una sola suma

Una vez que termine su indulgencia, el propietario debe avisarle con al menos 30 días por adelantado antes de poder iniciar el desalojo. Esto se llama aviso de desalojo de 30 días.

Esto se aplica si:

  1. Vive en un edificio con 5 o más unidades y
  2. Su propietario está recibiendo ayuda hipotecaria (indulgencia) en una hipoteca asegurada por
    • Fannie Mae y Freddie Mac (FHFA) o
    • Administración Federal de la Vivienda (FHA, por sus siglas en inglés)

Se supone que también deben informarle de estos derechos mientras reciben la ayuda hipotecaria.

Es posible que esté protegido contra ciertos cargos por pagos atrasados del año pasado

Cómo está usted protegido:

La mayoría de las protecciones de la Ley CARES expiraron a finales del 2020. Si vive en una vivienda cubierta por la Ley CARES:

  • Su arrendador no está autorizado a cobrar cargos por demora u otras penalidades porque usted pagó el alquiler con retraso, entre el 27 de marzo y el 24 de julio del 2020, y
  • Debido a que estos cargos o penalidades no están permitidos, no pueden desalojarlo sólo porque no los pagó

El propietario de su Vivienda todavía puede demandar o desalojarle para cobrar las cuotas y sanciones por retraso desde antes del 27 de marzo del 2020 o después del 24 de julio del 2020.

Esto se aplica si:

  1. Usted o su arrendador reciben una subsidio federal o
  2. Su propietario recibió una ayuda hipotecaria de la Ley CARES el año pasado y su hipoteca está asegurada por el Gobierno federal

Averigüe si su vivienda está cubierta

Puede preguntarle a su propietario si está recibiendo la indulgencia. O puede hablar con un abogado que le ayude a averiguarlo.

Póngase en contacto con el colegio de abogados local o con la oficina de asistencia legal

Averigüe si su vivienda está cubierta

Esto incluye:

  • Viviendas públicas
  • Viviendas multifamiliares de la Sección 236 o 538
  • Viviendas basadas en proyectos de la Sección 8
  • Vales de elección de vivienda de la Sección 8
  • Subvenciones de asistencia para personas desahuciadas de McKinney-Vento.
  • Oportunidades de Vivienda para personas con SIDA (HOPWA, por sus siglas en inglés)
  • Programa de Crédito Fiscal para Viviendas de Bajos Ingresos para propietarios (LIHTC, por sus siglas en inglés)
  • Rehabilitación moderada de la Sección 8
  • Viviendas de la Sección 811 para personas discapacitadas
  • Viviendas de la Sección 202 para personas mayores
  • Viviendas con un Tipo de Interés Inferior al del mercado (BMIR, por sus siglas en inglés)
  • Programas de vivienda multifamiliar, subvenciones o vales del Desarrollo Rural

Si no está seguro:

Esto incluye:

  • Fannie Mae y Freddie Mac (FHFA)
  • Administración Federal de la Vivienda (FHA, por sus siglas en inglés)
  • Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA, por sus siglas en inglés), y
  • Administración de Veteranos (VA, por sus siglas en inglés)

Utilice estas herramientas para informarse.

Para averiguar si el HUD asegura la hipoteca de su edificio:

Para saber si Fannie Mae o Freddie Mac (FHFA) aseguran la hipoteca de su edificio:

Asistencia legal

Si el propietario de su Vivienda casero amenaza con desalojarlo o necesita ayuda para conocer sus derechos, hable con un abogado. Es posible que reúna los requisitos para recibir asistencia jurídica gratuita, en función de sus ingresos.

Póngase en contacto con el colegio de abogados local o con la oficina de asistencia legal

Más ayuda para el desalojo

Qué hacer si le preocupa el desalojo

Tenemos información para ayudarle a entender sus derechos, según su situación actual.

Obtenga ayuda para el alquiler y los servicios públicos

Usted puede solicitar fondos federales de organizaciones estatales o locales para cubrir el alquiler, los servicios públicos y otros gastos de vivienda.