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¿Está pensando hacer un retiro temprano de su fondo de jubilación? Conozca qué establece la Ley CARES y otros datos que debe saber al respecto

Este blog fue originalmente publicado el 27 de mayo del 2020 y actualizado el 30 de junio del mismo año.

Si usted no tiene trabajo en este momento, y necesita ingresos, puede que esté pensando en hacer un retiro de su fondo de jubilación. Normalmente, si usted saca dinero de alguna “Individual Retirement Accounts” tradicional, IRA, o Cuenta Individual de Fondo de Jubilación, o de una cuenta ofrecida por su empleador, antes de cumplir 59 años y medio, tendrá que pagar una penalidad del 10 porciento de la cantidad que retire.

Si la pandemia ha tenido efectos negativos en sus finanzas, los cambios a las normativas establecidos por la Ley CARES, podrían brindarle más flexibilidad durante este año 2020, para hacer retiros de emergencia, de cuentas que tengan impuestos diferidos sobre sus fondos.

Entre otras cosas, la Ley CARES elimina la penalidad del 10 por ciento del retiro, si usted es menor de 59 años y medio. A menos que decida no hacerlo de esta forma, una tercera parte del dinero que retire será considerado como ingreso en sus declaraciones de impuestos, por los próximos tres años. La Ley CARES también le permite pagar de vuelta la cantidad que haya retirado de sus cuentas, si usted tiene la posibilidad de hacerlo.

Por favor, tome en cuenta que este blog trata sobre retiros hechos de fondos de jubilación, no acerca de préstamos sobre planes de jubilación. Usted debería evaluar los riesgos y beneficios de hacer un retiro y compararlos con los de obtener un préstamo. Conozca más acerca de tomar un préstamo contra sus cuentas de fondos de jubilación (en inglés).

¿Cuáles cuentas con impuestos diferidos han sido afectadas por estos cambios?

  • Las IRA tradicionales
  • Los planes de retiro ofrecidos por empleadores, como el 401(k) o 403(k), o cualquier otro tipo de planes de contribuciones definidas.

Tome en cuenta que: Algunos empleadores no están ofreciendo opciones de distribución de fondos por causa del coronavirus. Sin embargo, usted podría calificar para alguna forma de distribución de fondos de su plan de jubilación, a través de otras categorías de dificultad financiera protegidas por la ley (en inglés). El dinero que usted reciba de estas formas de distribución de fondos puede ser considerado como relacionado al coronavirus en su declaración de impuestos, siempre y cuando, usted cumpla con los requisitos que mostramos a continuación.

¿Cómo puede usted calificar para la excepción?

  • Usted, su conyugue o dependiente, ha sido diagnosticado con COVID-19, a través de una prueba aprobada por el Centro para el Control de Enfermedades , o CDC, por sus siglas en inglés.
  • Usted ha experimentado consecuencias adversas sobre sus finanzas a consecuencia de ciertas condiciones relacionadas al COVID-19, como por ejemplo un retraso en la fecha de inicio de un empleo, la cancelación de alguna oferta de empleo, la necesidad de estar en cuarentena, un despido, permiso no remunerado, la reducción de las horas laborales, de la paga, del ingreso proveniente del trabajo independiente, el cierre o reducción de su negocio, su incapacidad de trabajar debido a la falta de una guardería que cuide a sus niños, u otros factores (en inglés) identificados como tales por el Departamento del Tesoro.

Una distribución de fondos relacionada al coronavirus (en inglés), es aquella que cumple con estos requisitos, y se ha hecho desde un plan de jubilación elegible, entre el 1 de enero del 2020 y el 30 de diciembre del mismo año, a un individuo que califica para la misma.

¿Cuánto puede usted retirar sin tener que pagar una penalidad?

Usted puede hacer retiros de hasta $100,000 por persona, tomados en el año 2020, que serán eximidos de la penalidad del 10 por ciento. Si tiene más de $100,000 en una de estas cuentas de fondos de jubilación, debe recordar que el límite de $100,000 es por persona, y no por cuenta. Usted puede recibir el tratamiento especial de impuestos y de la Ley CARES, por un monto total, mayor a $100,000, que retire de todas sus cuentas.

Por favor, tenga presente que la Ley CARES elimina la retención del 20 por ciento del retiro, que se usa para pagar por adelantado los impuestos que usted debería por esa cantidad, cuando el retiro se hace de planes de jubilación ofrecidos por empleadores, tales como el 401(k). Esta retención del 20 por ciento no es requerida cuando usted cierra o hace un retiro de un plan IRA tradicional. Por lo que es preferible que no gaste todo el monto que retire, dado que quizás deberá parte de ese dinero luego en sus impuestos.

¿Tendrá disponible todo el saldo?

Si usted está haciendo un retiro de una cuenta ofrecida por su empleador, es relativamente nuevo en su trabajo, y aún no tiene el control total de los fondos para propósitos de su jubilación, la porción de los mismo que haya sido contribuida por su empleador, podría no estar disponible para usted. E inclusive si tiene el control sobre los fondos, su empleador podría no permitirle el acceso a dicha porción. Recuerde que el tratamiento especial de impuestos no aplica a montos totales mayores de $100,000.

¿Cuánto tiempo tardará en llegarle el dinero que retiró de sus cuentas?

Independientemente de a cuánto dinero usted pueda acceder, sepa que hacer un retiro de una cuenta de fondos de jubilación, no es tan simple como transferir dinero de su cuenta de ahorros a la de cheques. El proceso podría tomar varias semanas. Si lo necesita para algo urgente, dese usted mismo al menos dos semanas de tiempo, en caso de que el papeleo se retrase o se pierda. Muchas compañías están teniendo dificultades para dar asistencia a sus clientes vía telefónica u online, y su capacidad para manejar transacciones también podría estar limitada. Hable con el proveedor o administrador del plan acerca de los pasos a tomar y pídale una estimación del tiempo que llevará el proceso.

¿Es mejor hacer un retiro de su fondo de jubilación ahora, o es mejor dejarlo crecer?

Usted podría estar retirando dinero de un fondo que ha perdido valor durante la pandemia del COVID-19. Cuando retira dinero de un portafolio de inversión (portafolio es otra forma de llamar estas cuentas), en un mercado que está “a la baja”, usted está limitando sus posibilidades de volver a crecer y ganar nuevamente su valor cuando el mercado se recupere. Un retiro de $100,000 hecho ahora, a un crecimiento anual del 5 por ciento, llegaría hasta $160,000 en 10 años, sin hacer ninguna contribución adicional.

Las posibles consecuencias fiscales y cómo lidiar con ellas

Existen posibles consecuencias fiscales y diferentes formas de lidiar con ellas. Aunque la Ley CARES le protege de la penalidad del 10 por ciento por retiro temprano, no exime el monto retirado de pagar impuestos. El mismo será sumado a sus ingresos anuales y se taxará como tal. Si usted no aparta un porcentaje del monto para cubrir los impuestos, podría terminar debiendo más cuando declare los del 2020. La Ley CARES distribuye su obligación fiscal en un período de tres años, a menos que usted escoja no hacerlo de esa forma, le permite reembolsar parte de los fondos que retiró en el tercer año, y hacer una declaración de impuestos modificada o “amended”. Podría tener que contratar a un profesional en la preparación de impuestos para que le asista con su declaración. Averigüe si califica para recibir asistencia gratuita en la preparación de su declaración de impuestos .

Esté pendiente con el fraude

Sepa que quizás usted esté en la mira de estafadores que le prometerán recuperar lo que ha perdido en sus cuentas, o que le ofrecerán ganancias extraordinarias en estos tiempos. Pueden decirle que no hay riesgos y sí grandes ganancias. Estas ofertas son muy probablemente estafas. No deje a los defraudadores robarle el dinero que se ha ganado con su sudor y que ha ahorrado a lo largo de los años. Siempre verifique los antecedentes de cualquier profesional de inversiones, para que se asegure de no estar tratando con un estafador, puede hacerlo usando la información ofrecida de forma gratuita por la “Securities and Exchange Commission ” (en inglés) o Comisión Nacional de Seguridades y Cambio de Valores.

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