¿Qué sucede si no hago los pagos del lease (arrendamiento) de mi vehículo?
Si se atrasa en los pagos, el concesionario o compañía financiera de la que usted arrienda su vehículo, conocida como "arrendador", puede tener derecho a embargar el vehículo.
El contrato de leasing (Arrendamiento) indicará en qué consiste un incumplimiento de dicho contrato, y si hay un "período de gracia" para hacer los pagos. El no hacer uno de los pagos mensuales exigidos bajo el contrato es normalmente un incumplimiento del contrato de leasing y el arrendador podría entonces, embargar su vehículo. Debe ponerse en contacto con su prestamista si usted no puede hacer su pago mensual en la fecha de pago. Los militares pueden tener protecciones adicionales bajo la Ley de Ayuda Civil para los Miembros de las Fuerzas Armadas (SCRA, por sus siglas en inglés). Debe ponerse en contacto con la oficina local de la Abogacía General (JAG , por sus siglas en inglés) para averiguar si esas protecciones se aplican.
Puede que usted tenga derecho a "remediar" o a restablecer el leasing
Puede que su contrato de leasing y las leyes de su estado le den el derecho a remediar o restablecer dicho contrato después de no haber hecho un pago. Si usted tiene ese derecho, le permitirán hacer los pagos que no hizo, antes de que el vehículo sea embargado. Por lo general, le envíarán un aviso si se retrasa en un pago y tendrá de una a dos semanas para ponerse al día. Mientras que una minoría de estados le otorgan el derecho a remediar antes del embargo, aun menos estados le ofrecen el derecho a remediar después del embargo. Consulte con el fiscal general del estado (en inglés) o con la oficina de protección al consumidor de su estado para obtener más información sobre las leyes de su estado.
El arrendador no puede "quebrantar la paz"
Su vehículo sólo puede ser embargado si no se quebranta la paz. La definición de "quebrantar la paz" varía según las leyes de cada estado. Normalmente incluye cosas como la amenaza o el uso de la fuerza física, sacar un vehículo de un garaje cerrado sin permiso, o continuar con el embargo después de que usted se haya resistido o negado a entregar el vehículo.
Métodos de embargo
Además de llevarse físicamente el vehículo, un arrendador puede también utilizar un dispositivo para interrumpir el arranque (SID, por sus siglas en inglés) en lugar del embargo o para facilitar dicho embargo. Un SID es un dispositivo que le permite al arrendador desactivar remotamente el sistema de arranque de un vehículo cuando un prestatario o arrendatario no hace o incumple los pagos. La desactivación puede ser temporal, hasta que se haga el pago, o la pueden hacer para que el embargo sea más fácil. Las normas para el uso de SID varían de estado a estado, así que pregúntele a su arrendador, antes de firmar el contrato, si su vehículo está equipado con un SID. Si es así, usted debería preguntar si le dan alguna advertencia antes de que el vehículo se apague. También podría preguntar si hay alguna manera de reactivar el vehículo en caso de una emergencia.
Usted podría ser responsable de los cargos por cancelación anticipada
Incumplir con el pago de un leasing o devolver el vehículo al arrendador voluntariamente, puede provocar un cargo importante por cancelación anticipada. Consulte su contrato de leasing. Bajo la Ley de Arrendamientos del Consumidor, el método para calcular el cargo por cancelación anticipada debe figurar en el contrato de arrendamiento. Normalmente, el cargo por cancelación anticipada es la diferencia entre el pago de la cancelación anticipaday la cantidad que usted ha abonado por el vehículo. Supongamos por ejemplo, que su pago por cancelación anticipada es por la cantidad de $16,000 y la cantidad abonada por el vehículo es de $14,000. El cargo por cancelación anticipada sería igual a $16,000 menos $14,000, o $2,000. Cuanto antes cancele el contrato de leasing, mayor será la cantidad a pagar. Si usted no puede pagar el cargo por cancelación anticipada y deja de pagar, el arrendador puede informar al buró de crédito, la cantidad de los pagos atrasados.
Si le cobran un cargo por cancelación anticipada, asegúrese de comprender cómo lo calcularon y consulte a un abogado si cree que lo han calculado incorrectamente.
Si usted tiene un problema con el leasing de su vehículo, puede presentar una queja al CFPB en línea o llamando al (855) 411-CFPB (2372).
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