¿En qué información los emisores de tarjetas no tienen permitido basar decisiones a la hora de considerar una solicitud de tarjeta de crédito?
La Ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito no es garantía de que obtendrá crédito. Usted todavía tiene que pasar las pruebas de capacidad de pago de la entidad emisora de la tarjeta de crédito. Pero la ley prohíbe la discriminación por motivos de edad, sexo, estado civil, raza, color, religión y origen nacional para decidir la concesión de un crédito a un solicitante, para decidir los términos (por ejemplo, la tasa de interés o el límite del crédito) o en cualquier otro aspecto de una transacción de crédito.
La ley también prohíbe en general la discriminación porque usted recibe ingresos de asistencia pública o porque usted ejerce sus derechos en virtud de ciertas leyes federales de crédito (por ejemplo, la presentación de una disputa de facturación con un emisor de tarjetas).
Esta protección implica que el emisor de la tarjeta no podrá utilizar cualquiera de los motivos anteriores como una razón para hacer lo siguiente:
- desanimarlo de solicitar una tarjeta
- negarle una tarjeta si usted califica
- ofrecerle crédito en condiciones diferentes a las otorgadas a otra persona con ingresos, historial de crédito y otras características similares
- cerrar una cuenta existente
Los emisores de tarjetas no pueden discriminar por motivos de origen nacional, pero si usted es un residente extranjero, se les permite tener en cuenta su estatus migratorio al tomar una decisión de préstamo. En particular, un emisor de tarjetas puede considerar su estatus migratorio y cualquier información adicional que pueda ser necesaria para determinar sus derechos y recursos sobre el pago del crédito.