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Estoy en las fuerzas armadas y tengo problemas para pagar mi préstamo vehicular. ¿Qué debo saber sobre la reposesión de vehículos y las protecciones en virtud de la Ley de Ayuda Civil para Miembros de las Fuerzas Armadas (SCRA, por sus siglas en inglés)?

La SCRA les ofrece a los miembros de las fuerzas armadas algunas protecciones legales y financieras relacionadas con los contratos a plazos, tales como préstamos o arrendamiento de vehículos.

La SCRA prohíbe a los acreedores embargar propiedades personales, incluido su vehículo, sin una orden judicial, sobre la base del incumplimiento de un contrato celebrado antes de ingresar al servicio militar activo. Por ejemplo, incluso si usted viola su contrato al no hacer sus pagos mensuales, el acreedor primero debe presentar una demanda y obtener una orden de un juez antes de que su vehículo pueda ser embargado. Esta protección solo aplica si usted:

  • compró o arrendó el vehículo, u otra propiedad personal, antes de ingresar al servicio militar; e
  • hizo un depósito o un pago fraccionado para el vehículo, u otra propiedad personal, antes de ingresar al servicio militar.

Estas protecciones federales en virtud de la SCRA son adicionales a cualquier otra protección que usted pueda tener en virtud de su ley estatal.

Incluso si está protegido por la SCRA contra el embargo sin una orden judicial, aún podría estar violando su contrato si no paga. Como resultado, se le podrían cobrar cargos asociados a su falta de pago, como penalidades por mora. Se puede informar a las compañías de reporte de crédito que no ha hecho sus pagos, y el acreedor puede tratar de cobrar la deuda, incluso mediante la presentación de una demanda en su contra.

Si su acreedor embarga su vehículo y usted tiene preguntas al respecto, comuníquese con su oficina de asistencia legal (JAG, por sus siglas en inglés) (en inglés) más cercana para obtener más información. También puede obtener asistencia del fiscal general de su estado (en inglés) .