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¿Enfrenta un desalojo? Sepa qué hacer antes de que la moratoria del CDC termine

La moratoria contra el desalojo del CDC terminará el venidero 30 de junio del 2021 y usted podría estar preguntándose: “Dado que le entregué a mi casero una Declaración de Protección contra el Desalojo del CDC, ¿qué debo hacer ahora?”.

Firme la Declaración del CDC y envíesela a su casero

Usted podría tener derecho a permanecer en su vivienda. El Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) ha detenido la mayoría de los desalojos para prevenir el contagio del coronavirus. Pero usted debe actuar para ejercer este derecho. Mire cuáles pasos tomar para comenzar hoy mismo.

Entienda dónde se encuentra dentro del proceso de desalojo

¿Le han demandado? ¿Tiene una fecha en la que debe presentarse en la corte? ¿Le preocupa que su casero trate de desalojarle físicamente ahora mismo? ¿Tiene un abogado que le represente?

Si le entregó a su casero una Declaración del CDC, hay entonces pasos que debe tomar, dependiendo de cuál sea su situación.

Si NO han introducido una demanda de desalojo en su contra

Si quiere permanecer en su vivienda usted debería:

  • Trabajar junto a su casero para recibir todo el dinero disponible de asistencia con la renta para el pago de la misma
  • Planificar junto a su casero cómo ponerse al día con la renta, incluyendo hacer un plan de pagos
  • Asegurarse de entender qué sucederá una vez que la moratoria termine. Por ejemplo: ¿Su casero trabajará junto a usted o introducirá una demanda de desalojo en su contra?

Si HAN introducido una demanda de desalojo en su contra

Le conviene comunicarse con un abogado. Si necesita uno, podrían existir recursos para asistirle, y podría calificar para servicios legales gratuitos a través de la asistencia legal. Si está en las Fuerzas Armadas, debería consultar a la Oficina de Asistencia Legal (en inglés) de su localidad. Usted o su abogado también deberían verificar el estado de su caso con la corte. Además, podría necesitar contactar al abogado de su casero. Haga las siguientes preguntas:

  • ¿Se ha determinado una fecha en la corte para que la demanda de desalojo sea revisada por un juez?
  • ¿Necesita enviar algo a la corte o a su casero?
  • ¿Cuáles plazos o cronogramas se aplican en su caso?

Si no tiene abogado que le represente, debe averiguar esta información los más pronto posible. Que permanezca en su vivienda a pesar de determinación de la fecha en la corte, podría depender de ello.

¿Ha sido determinado por una corte que usted sí puede ser desalojado?

Si una corte ha sentenciado que usted puede ser físicamente desalojado o removido de su vivienda, averigüe las respuestas a las siguientes preguntas:

  • ¿Cuándo se llevará a cabo el desalojo?
  • ¿Existen formas de detener el desalojo si usted paga la renta que debe a su casero (o a la corte)?
  • ¿Existen protecciones ofrecidas por la corte o por su estado de residencia, para inquilinos en peligro de ser físicamente desalojados? Algunos gobiernos estatales y locales cuentan con protecciones (en inglés) o están considerando establecer nuevas para aquellos inquilinos que hayan solicitado fondos de la Asistencia Federal de Emergencia con la Renta para pagar las suyas. La corte también podría ofrecer programas de “diversion” o redirección para ayudarle a trabajar junto a su casero para encontrar una solución al conflicto y evitar el desalojo. Averigüe al respecto con la corte, o con su abogado. Encuentre un abogado en su estado de residencia.

Encuentre asistencia legal o de otro tipo

Si usted todavía no tiene un abogado, contacte a la oficina de asistencia legal o la asociación de abogados de su localidad. Si está en la Fuerzas Armadas, debería consultar a la Oficina de Asistencia Legal (en inglés) de su localidad. También debería averiguar si es elegible para recibir fondos de la asistencia de emergencia con la renta, para que pueda pagar la suya, los servicios básicos y algunos otros costos del hogar. También podrían existir organizaciones locales de inquilinos u otros grupos, ofreciendo asistencia.

Sepa más acerca de las protecciones que están disponibles en su comunidad. Podría encontrar información específica sobre cuáles son sus derechos en su estado de:

La situación creada alrededor de un desalojo es complicada, tanto para los inquilinos, como para los caseros, y puede cambiar rápidamente. Las protecciones contra el desalojo son específicas de cada estado, por lo que usted quizás tenga protecciones adicionales si el estado, o su localidad, aún tienen sus propias moratorias, u otras protecciones. El estado donde reside podría estar considerando este momento establecer nuevas protecciones. Asegúrese de saber cuáles son sus derechos, así como dónde se encuentra en el proceso de desalojo.

Manténgase actualizado acerca de los programas de Asistencia de Emergencia con la Renta

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