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¿Qué sucede después de completar una solicitud para determinar mis opciones para evitar la ejecución hipotecaria?

Depende de su situación, pero hay pasos que su administrador generalmente debe seguir para evaluar su solicitud.

Asegúrese de que su administrador reciba su solicitud completa más de 37 días antes de la venta programada de ejecución hipotecaria.

Advertencia: Según las reglas de la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (CFPB, por sus siglas en inglés), si su administrador no recibe su solicitud completa más de 37 días antes de la venta de ejecución hipotecaria, su administrador no necesariamente tiene que revisar su solicitud. Sin embargo, dependiendo del tipo de hipoteca que tenga, es posible que su administrador tenga que considerar su solicitud bajo otras reglas.

La respuesta de su administrador

Si su administrador recibe su solicitud completa más de 37 días antes de la venta programada de ejecución hipotecaria, debe recibir una respuesta de su administrador por escrito dentro de los 30 días. Su administrador puede responder a su solicitud completa de tres maneras:

  • Su administrador puede ofrecerle una opción de mitigación de pérdidas. También le dirá cuánto tiempo tiene para aceptar la oferta. Esto puede depender de cuánto tiempo antes de la venta programada de la ejecución hipotecaria completó su solicitud.
  • Su administrador puede negarle la mitigación de pérdidas. Si su administrador deniega su solicitud de modificación del préstamo, debe decirle exactamente por qué se le negó. Si su administrador recibe su solicitud completa de mitigación de pérdidas al menos 90 días antes de una venta programada de ejecución hipotecaria, es posible que también tenga derecho a apelar si se le negó una modificación del préstamo.
  • Es posible que su administrador le pida documentación o información adicional. Debe darle al administrador lo que le pide lo antes posible para asegurarse de que tiene todas las protecciones posibles contra la ejecución hipotecaria.

Ejecución hipotecaria

Excepto en casos raros, su administrador no puede iniciar el proceso de ejecución hipotecaria hasta al menos 120 días después de que usted se haya atrasado en el pago de su préstamo. Después de eso, si usted no es elegible para la mitigación de pérdidas, o decide no aceptar la oferta de mitigación de pérdidas del administrador, el administrador generalmente comenzará el proceso de ejecución hipotecaria. El tiempo entre el inicio de la ejecución hipotecaria y la venta real de la ejecución hipotecaria depende de las leyes de su estado.

Utilice nuestra lista de verificación (en inglés) para obtener más información sobre cómo evitar la ejecución hipotecaria.