Estoy en las fuerzas armadas. Si ejercito mis derechos en virtud de la SCRA ¿afectará mi puntaje crediticio o permitirá a mi prestamista o acreedor cerrar mi cuenta o reducir mi línea de crédito?
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No se le puede penalizar únicamente por ejercer sus derechos en virtud de la Ley de Ayuda Civil a Miembros de las Fuerzas Armadas (SCRA), solicitar una reducción de la tasa de interés al 6 por ciento, cancelar un arrendamiento de automóvil o invocar otras protecciones en virtud de la SCRA.
Un prestamista o acreedor no puede revocar su contrato de crédito, cambiar los términos de su contrato de crédito o negarse a otorgarle un crédito por ejercer sus derechos en virtud de la Ley de Ayuda Civil a Miembros de las Fuerzas Armadas (SCRA, por sus siglas en inglés). Además, un prestamista o acreedor no puede proporcionar información negativa a una compañía de reporte de crédito por invocar sus derechos en virtud de la SCRA.
Si se retrasa o no efectúa un pago, su prestamista o acreedor puede comunicar la información negativa a las compañías de reporte de crédito, perjudicando su informe de crédito y su puntaje crediticio.
Más información sobre la Ley de Ayuda Civil a Miembros de las Fuerzas Armadas (SCRA) del Departamento de Justicia y si está cubierto por la SCRA (en inglés) .
Si aún tiene preguntas sobre sus derechos en virtud de la SCRA, comuníquese con su Oficina de Asistencia Legal (JAG, por sus siglas en inglés) más cercana para obtener más información. Para encontrar su Oficina de Asistencia Legal, utilice el localizador (en inglés) . También puede obtener asistencia de su fiscal general del estado (en inglés) .
Si tiene problemas con los informes y los puntajes de crédito, puede presentar una queja ante la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (CFPB, por sus siglas en inglés) (en inglés).