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La CFPB Propone Normativa para Frenar el Cobro de Excesivas Penalidades por Atraso con Tarjetas de Crédito

La normativa propuesta busca cerrar el vacío legal explotado por compañías para elevar sus tarifas según la inflación

WASHINGTON, D.C. – La Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (CFPB, por sus siglas en inglés) ha propuesto una normativa para frenar las excesivas penalidades por atraso cobradas por tarjetas de crédito, que le han costado a las familias del país $12 billones cada año. Los grandes emisores de tarjetas de crédito continúan aprovechándose de penalidades por atraso, las cuales están protegidas por una expansiva provisión de inmunidad. Las compañías de tarjetas de crédito también se han apoyado en esta provisión para elevar sus tarifas según la inflación, incluso si no enfrentan costos adicionales de cobranza. La normativa propuesta asegurará que los montos excesivos de penalidades por atraso sean ilegales. Basada en estimaciones hechas por la CFPB, la propuesta podría reducir el monto de las penalidades por atraso tanto como $9 billones por año.

“Hace una década el Congreso prohibió el cobro de penalidades excesivas por atraso con tarjetas, pero las compañías explotan un vacío legal en la normativa, que les ha permitido esquivar el escrutinio por cobrar tarifas inesperadas que, de otra forma, serían ilegales”, dijo el director de la CFPB Rohit Chopra. “Nuestra propuesta de normativa busca ahorrarles billones de dólares a las familias, y asegurarse de que el mercado de tarjetas de crédito sea justo y competitivo”, continuó.

Cuando alguien no paga a la fecha de vencimiento, incluso si lo hace sólo unas horas después de la hora tope, el usuario de tarjeta podría ser golpeado con una exorbitante penalidad por atraso, que excede por mucho el costo que paga la compañía de tarjetas por la cobranza de pagos atrasados. Estas excesivas penalidades por atraso podrían no ser necesarias ni para desalentar el pago atrasado, ni estarían justificadas basándose en la conducta que tenga un consumidor de pagar tarde. Estas penalidades también podrían agregarse a otras consecuencias del atraso con el pago, como la pérdida del período de gracia con el pago de intereses, o tener un puntaje de crédito más bajo, dependiendo de cuánto tiempo dure el atraso.

Las compañías cobran a la gente tanto como $41 por cada pago atrasado, y estas penalidades les producen a estas compañías billones de dólares en ganancias por “junk fees” o tarifas inesperadas. Los cambios propuestos por la CFPB, los cuales modificarían las normas de implementación de la “Credit Card Accountability Responsibility and Disclosure Act”, o Ley de Rendición de Cuentas y Declaraciones Responsables en Tarjetas de Crédito, conocida como “CARD Act” del año 2009, se asegurarían de que las penalidades por atraso cumplan con los requisitos exigidos por la Ley y sean “razonables y proporcionales” a los costos en que incurren los emisores para manejar pagos atrasados. Específicamente, la normativa propuesta disminuiría la provisión de inmunidad de las penalidades por atraso con un pago a $8, así como también eliminaría el ajuste anual automático por inflación. La norma propuesta también prohibiría el cobro de penalidades por atraso mayores del 25% del monto del pago exigido al consumidor.

La Junta Directiva de la Reserva Federal, por regulación, creó las provisiones de inmunidad que le permiten a las compañías de tarjetas de crédito, evitar el escrutinio sobre si las penalidades por atraso que cobran cumplen con algún estándar razonable y proporcional. Con el tiempo, esas provisiones han crecido junto a la inflación hasta $30 por un pago atrasado inicial, y hasta $41 por pagos atrasados subsecuentes. La CFPB estima que el ingreso generado por las penalidades por atraso para los grandes emisores de tarjetas es aproximadamente cinco veces más grande que los costos de cobranza que estas compañías pagan para manejarlos. Por ejemplo, en el año 2020, las compañías de tarjetas de crédito cobraron aproximadamente $12 billones (en inglés) en penalidades por atraso, lo que representó más del 10% de todos los intereses y tarifas cobradas en tarjetas de crédito a los consumidores.

La normativa propuesta es la continuación de una solicitud pública de comentarios sobre tarifas inesperadas, un reporte investigativo (en inglés) y una notificación anticipada de propuesta de normativa (en inglés) para tarjetas de crédito, que la CFPB emitió el año pasado. De finalizarse, los cambios propuestos por la CFPB lograrían:

  • Disminuir del monto en dólares de la provisión de inmunidad para penalidades por atraso a $8: La CFPB preliminarmente ha descubierto que el ingreso por penalidades por atraso excede cinco veces los costos de cobranzas asociados a ellos. Dado que la provisión de inmunidad actualmente les permite a los emisores cobrar penalidades por hasta $41, la CFPB cree que una de $8 sería suficiente para que la mayoría de los emisores cubran los costos en que incurren, como consecuencia de pagos atrasados. La provisión de $8 aplicaría sobre cualquier pago atrasado. Las compañías podrían cobrar montos por encima de la provisión siempre y cuando puedan probar que la penalidad más alta, es necesaria para cubrir los costos de cobranza en que incurran.
  • Terminar con el ajuste automático anual por inflación: La propuesta del CFPB podría eliminar el ajuste automático anual por inflación del monto de la provisión de inmunidad. Este ajuste ni es exigido por la ley, ni necesariamente refleja los cambios que los costos de cobranzas sufren en el tiempo. En cambio, la CFPB monitoreará el mercado para hacer los ajustes que sean necesarios al monto de la provisión de inmunidad.
  • Limitar las penalidades al 25% del monto del pago mínimo requerido: La normativa actual le permite al emisor de tarjeta cobrar una penalidad de hasta el 100% del pago mínimo que debe el usuario de tarjeta. La CFPB propone restringir cualquier penalidad por atraso al 25% del pago mínimo, para ser más consistentes con la intención que tuvo el Congreso al autorizar solamente montos de penalidades por atraso que sean razonables y proporcionales.

La propuesta también busca comentar sobre otros potenciales cambios a las normas de la “CARD Act”. Por ejemplo, solicita comentarios acerca de si los cambios propuestos deberían aplicarse sobre todas las penalidades cobradas por las tarjetas de crédito, acerca de si debería eliminarse por completo la provisión de inmunidad, sobre si debería otorgárseles a los consumidores un período de cortesía de 15 días, antes de que puedan ser cobradas penalidades por atraso, y sobre si debería exigírsele a los emisores para que puedan usar la provisión de inmunidad, ofrecer la posibilidad al consumidor de suscribirse a “autopay” o pago automático.

Lea la Notificación de Propuesta de Normativa (en inglés).

Los comentarios deben ser recibidos en la fecha que sea más tarde entre el 3 de abril del 2023, o los primeros 30 días luego de la publicación de la Notificación de Propuesta de Normativa en el Registro Público Federal.

A parte del proceso de solicitud de comentarios públicos, los consumidores que tengan dificultades con tarjetas de crédito u otro proveedor de servicios financieros, pueden enviar quejas en la página de la CFPB, o llamando al (855) 411-CFPB (2372).


La Oficina para la Protección Financiera del Consumidor es una agencia del siglo 21 que implementa y hace cumplir las leyes federales en materia financiera, y que se asegura de los mercados de productos financieros sean justos, transparentes y competitivos. Para encontrar más información visite consumerfinance.gov/es.