Ir al contenido principal

Soy miembro de las fuerzas armadas y estoy siendo demandado. ¿Qué puedo hacer si no puedo acudir al tribunal para defenderme o si se dicta una sentencia en rebeldía porque no comparecí ante el tribunal?

Si usted es miembro de las fuerzas armadas y es demandado mientras está en servicio activo, tiene ciertas protecciones legales en virtud de la Ley Federal de Ayuda Civil para Miembros de las Fuerzas Armadas (SCRA, por sus siglas en inglés).

La Regla de cobro de deudas de la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (CFPB, por sus siglas en inglés) que aclara ciertas disposiciones de la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés) entró en vigor el 30 de noviembre de 2021.

La SCRA incluye protecciones frente a una sentencia en rebeldía en una acción civil. Una sentencia en rebeldía es una orden judicial a favor de la parte o “demandante” que le ha demandado cuando usted no ha comparecido ni se ha defendido contra la demanda. Algunos de sus derechos bajo la SCRA incluyen:

  • Antes de que el tribunal pueda firmar o dictar una sentencia en rebeldía, la parte que lo demanda debe presentar una declaración jurada ante el tribunal indicando si usted está o no en el servicio militar activo y proporcionar hechos que apoyen dicha declaración. Si la parte que lo demanda no puede determinar si usted está en el servicio militar activo, la declaración jurada debe indicar ese hecho.
  • Si usted está en el ejército y no ha comparecido en un caso en su contra, el tribunal no puede dictar una sentencia en rebeldía hasta que designe a un abogado para que lo represente.
  • El tribunal también debe permitir una suspensión del procedimiento durante al menos 90 días si se cumplen ciertas condiciones.

Si se dicta una sentencia en rebeldía contra usted durante su servicio militar o dentro de los 60 días siguientes a la finalización de su servicio, es posible que pueda hacer que se reabra la sentencia. La solicitud de reapertura de la sentencia debe presentarse dentro de los 90 días siguientes a su salida del servicio militar, por lo que si se le notifica la existencia de una demanda, debe ponerse en contacto inmediatamente con la oficina de asistencia legal (JAG, por sus siglas en inglés) (en inglés) más cercana.

Si tiene algún problema con un producto o servicio financiero para el consumidor, también puede presentar una queja ante el CFPB en línea o llamar al (855) 411-CFPB (2372). Enviaremos su queja a la compañía y trabajaremos para obtener una respuesta por su parte.