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Me gustaría poder tener la ayuda de mis amigos o familiares con el pago de mis facturas y actividades bancarias. ¿Cuáles son mis opciones?

Tiene varias opciones; algunas incluyen abrir tipos específicos de cuentas corrientes o crear documentos legales específicos que le dan a otra persona el poder para administrar su dinero:

Ayuda informal con la administración del dinero
Si usted todavía es capaz de administrar su actividad bancaria y pago de facturas, pero le gustaría que alguien le ayudara a revisar las facturas y el presupuesto, un amigo o familiar puede revisar sus facturas con usted y ayudarle a decidir cuáles pagar y cuándo. En este arreglo, usted sigue firmando sus cheques y nadie más está autorizado a realizar transacciones en la cuenta. Si no tiene amigos o familiares que lo ayuden con la administración informal de su dinero, hay programas organizados que proporcionan personal o voluntarios capacitados para brindarle ayuda.

Para localizar un programa de administración de dinero en su área, trate de comunicarse con la Agencia para Adultos Mayores de su localidad. Puede encontrar una lista de estas agencias en http://www.n4a.org/about-n4a/?fa=aaa-title-VI .

También puede encontrar un programa de administración de dinero y otros recursos para estadounidenses de edad avanzada contactándose con Eldercare Locator en https://eldercare.acl.gov/ o llamando al teléfono 1-800-677-1116.

Si recibe ayuda de un programa para la administración del dinero, verifique que el programa tenga un seguro o fianza para que su dinero esté protegido en “el peor de los casos”, como una mala administración o robo por parte de la persona que le ayuda.

Cuenta mancomunada
Si desea permitir que un amigo o miembro de la familia emita cheques y haga depósitos a su nombre, puede abrir una cuenta mancomunada. Por lo general, cualquier persona cuyo nombre aparece en una cuenta mancomunada puede emitir cheques, retirar dinero y hacer transacciones. De forma similar, si uno de los titulares de la cuenta debe dinero, el acreedor puede exigir que la deuda se cobre con dinero de la cuenta mancomunada.

Si el dinero en la cuenta mancomunada (1) le pertenece a usted, (2) no es un regalo al cotitular de la cuenta y (3) se distribuirá con sus otros bienes de acuerdo con su testamento o plan de sucesión, este tipo de cuenta puede suponer algunos riesgos:

  • Su amigo o familiar puede retirar dinero para su propio uso o administrar mal su dinero.
  • Los acreedores de su amigo o familiar pueden utilizar procedimientos legales para tratar de cancelar las deudas utilizando el dinero en la cuenta.
  • Cuando usted muera, el dinero de la cuenta mancomunada —dependiendo de los términos de la cuenta y las leyes estatales— puede ser distribuido por el banco al amigo o familiar cuyo nombre aparece en su cuenta, sin importar las disposiciones de su testamento o las de la planificación de su sucesión.

Cuenta de conveniencia
Una “cuenta de conveniencia” o “cuenta de agencia” le permite designar a un familiar o amigo para que le ayude a hacer depósitos o retirar dinero y a expedir cheques. Una cuenta de conveniencia no cambia la propiedad del dinero en la cuenta, ni le da a quien le está ayudando el derecho a conservar el dinero cuando usted muera. Sin embargo, tome en cuenta que cualquier amigo o familiar a quien usted designe para ayudarle puede depositar y retirar dinero de su cuenta, lo cual lo expone al riesgo de que pueda retirar el dinero de usted para su propio uso.

Consejo: Pregunte al banco si puede abrir una cuenta de conveniencia o de agencia. Con frecuencia los empleados bancarios no mencionan estas opciones o tal vez no saben que existen. Quizás deba hablar con el gerente. Explíquele que desea una cuenta en la que el dinero siga siendo suyo, pero aparecerá el nombre de otra persona en la cuenta que le ayudará a pagar facturas y hacer otras transacciones. Asegúrese de decir que no quiere que la otra persona tenga el “derecho de supervivencia”, si no es su intención dejarle el dinero a esa persona cuando usted muera.

Poder para finanzas
Puede nombrar a un amigo o familiar a que actúe en su nombre al crear y firmar un documento llamado carta poder (o carta poder permanente o “duradero”). En ese caso, su cuenta bancaria puede permanecer a su nombre nada más, pero la persona a quien nombre en su poder —su “agente” o “apoderado”— puede ayudarle con sus actividades bancarias. Si usted o su agente dan una copia del documento poder a los empleados del banco, deben honrar el documento y permitir a su agente que “se ponga en sus zapatos” para administrar sus transacciones bancarias.

De nuevo, piénselo detenidamente antes de dar un poder a cualquier persona, pues ésta tendrá la autoridad de retirar dinero de su cuenta por razones que usted no especifique.